Indemnización para Victimas

Indemnización para Victimas

La indemnización para víctimas es una medida integral de reparación proporcionada por el Estado Colombiano como compensación económica ante hechos victimizantes. Su objetivo primordial es contribuir al fortalecimiento o reconstrucción del proyecto de vida de quienes acceden a esta medida.

Acumulación de Indemnización 

En el caso de sufrir múltiples hechos victimizantes, una persona tiene la facultad de acumular indemnización hasta alcanzar un límite de 40 SMLMV. Además, si la persona se encuentra en la posición de solicitar compensación por varias víctimas de homicidio o desaparición forzada, se le concede el derecho a recibir indemnización por cada una de estas circunstancias.

Es importante destacar que, en el caso de niñas, niños y adolescentes, la indemnización se canaliza a través de un encargo fiduciario, brindando la posibilidad de disponer integralmente de los recursos una vez alcanzada la mayoría de edad. Este enfoque busca asegurar una gestión cuidadosa y adaptada a las necesidades individuales de las víctimas más jóvenes.

A quién se le entrega la Inndemnización y cómo se entrega

La compensación administrativa se otorga a las personas afectadas por los siguientes sucesos:

  • Homicidio: La cantidad asignada es de 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), repartidos entre los familiares del fallecido según su estado civil al momento del deceso.
  • Desaparición forzada: Se entrega igualmente 40 SMLMV, distribuidos entre los familiares de la persona desaparecida según su estado civil al momento de la desaparición.
  • Secuestro: La cifra asignada es de 40 SMLMV y se otorga directamente a la persona liberada, no a sus familiares.
  • Lesiones personales con incapacidad permanente o discapacidad: Se concede hasta 40 SMLMV, según lo establecido en la Resolución 0848 de 2014, directamente a la víctima de las lesiones.
  • Lesiones personales con incapacidad: Se otorgan hasta 30 SMLMV, según la misma resolución, a la víctima de las lesiones.
  • Reclutamiento ilícito de menores de edad: La cantidad asignada es de 30 SMLMV y se entrega directamente a la persona afectada.
  • Delitos contra la libertad e integridad sexual, incluyendo casos de descendencia nacida de violación sexual en el contexto del conflicto armado: Se otorgan 30 SMLMV directamente a la víctima de estos delitos.
  • Tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes: La indemnización se otorga directamente a la víctima de estos hechos. Según la Resolución 00552 de 2015, se entregan diez (10) SMLMV a las víctimas registradas en el Registro Único de Víctimas (RUV) por tortura. Si la tortura causó lesiones, se aplican las disposiciones adicionales de la Resolución 848 de 2014, sin exceder los 40 SMLMV totales.
  • Desplazamiento forzado: La compensación se divide equitativamente entre los miembros del grupo familiar víctima del desplazamiento forzado inscritos en el RUV. Algunos núcleos familiares reciben 27 SMLMV y otros 17 SMLMV, según la Sentencia SU-254 de 2013.

En casos donde una persona es víctima de múltiples hechos victimizantes, puede acumular hasta 40 SMLMV en indemnizaciones administrativas. Además, si una persona solicita compensación por múltiples víctimas de homicidio o desaparición forzada, tiene derecho a recibir la indemnización por cada una de ellas.

Para las víctimas menores de edad, la indemnización administrativa se canaliza a través de un encargo fiduciario. Una vez que el beneficiario alcanza la mayoría de edad, puede disponer libremente de su compensación.

Proceso de Recepción

La Unidad para las Víctimas ha implementado un procedimiento actualizado para el reconocimiento y pago de la indemnización administrativa, de acuerdo con el Auto 206 de 2017 y la Resolución 1049 de 2019.

Rutas de Atención:
  • Ruta Priorizada: Para situaciones de urgencia extrema o vulnerabilidad.
  • Ruta General: Atención para víctimas que no cumplen criterios de la ruta priorizada.
  • Ruta Transitoria: Para quienes adelantaron su proceso de documentación antes de junio de 2018.
Método de Priorización:
  • Herramienta técnica que evalúa características de las víctimas, generando un puntaje para establecer el orden de entrega según disponibilidad presupuestal.
  • Se aplica cada año en el primer semestre a víctimas con respuesta afirmativa sobre el derecho a la indemnización administrativa.
Desembolso y Turnos:
  • La Unidad informa el turno a víctimas priorizadas según el método de priorización.
  • Montos y turnos dependen de condiciones particulares, análisis del caso y disponibilidad presupuestal anual.
Tiempo de Espera:
  • Las víctimas no priorizadas en una vigencia fiscal esperan nuevas aplicaciones del método en años subsiguientes.
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